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Términos y Condiciones Generales:

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Las condiciones de pago son:

- El pago del 50% del costo total del servicio, para apartar la fecha del evento.

- El restante 50% podrá efectuarse en pagos parciales o liquidarse en una sola exhibición, debiendo quedar liquidado en su totalidad cinco días hábiles antes de la fecha en que se llevará acabo el evento.

EL CLIENTE cuenta con un plazo de cinco días hábiles posteriores al pago del Adelanto o Apartado para cancelar la operación y/o el servicio sin responsabilidad alguna, EL PRESTADOR DE SERVICIO se obliga a reintegrar el pago por reservar la fecha para el evento. Si la cancelación se realiza después de los cinco días hábiles antes señalados y hasta 60 días antes del evento, EL CLIENTE deberá indemnizar a EL PRESTADOR DE SERVICIO por un 50% del precio total de la operación que hubiese realizado en ejecución de la prestación del servicio. Dentro de los 60 días previos al evento no podrá cancelarse el evento, EL CLIENTE deberá indemnizar a EL PRESTADOR DE SERVICIOS por el 100% del precio total de la operación que hubiese realizado en ejecución de la prestación del servicio.

En caso de que EL PRESTADOR DEL SERVICIO se encuentre imposibilitado para prestar el servicio por caso fortuito o fuerza mayor, como incendio, temblor u otros acontecimientos de la naturaleza o hechos del hombre ajenos a la voluntad de EL PRESTADOR DEL SERVICIO, no se incurrirá en incumplimiento, únicamente EL PRESTADOR DEL SERVICIO reintegrará a EL CLIENTE, el anticipo que le hubiera entregado o reprogramar la fecha del evento, siempre y cuando la nueva fecha EL PRESTADOR DEL SERVICIO la tenga disponible para otorgar el servicio.

Si los bienes destinados a la prestación del servicio sufrieren un menoscabo por culpa o negligencia debidamente comprobada de EL CLIENTE o de sus invitados, éste se obliga a cubrir los gastos de reparación de los mismos, o en su caso, indemnizar al prestador del servicio hasta con un 100% de su valor.

EL CLIENTE se obliga a cumplir con las disposiciones reglamentarias que rijan el inmueble dónde se lleva a cabo el evento y a procurar que los asistentes al evento observen la misma conducta. El volumen de audio o el máximo de decibelios (DB) permitidos esta regulado por el inmueble y tanto EL CLIENTE como EL PRESTADOR DE SERVICIO están obligados a respetar dichos límites.

En caso de que el inmueble tenga convenio con Sindicatos de Músicos, EL CLIENTE deberá pagar el permiso para que EL PRESTADOR DE SERVICIO pueda realizar su actividad.

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